Estas tres palabras, "Ley de Fugas", son tan expícitas que pocos complementos necesitan para completar su su definicion. La Guardia Civil recuperó entre los años 1945 y 1952 una pràctica que en España ya se habia expleado, aunque con mas mesura, durante los enfrentamientos con anarquistas a principios del siglo XX. Su aplicación, segun los informes de la misma Guardia Civil, sigue siempre el mismo patrón: Durante un traslado de detenidos (en la gran mayoria de los casos acusados de una colaboración con los guerrilleros que no pasaba de dar comida), casi siempre en la oscuridad de la noche-madrugada, debido a una averia en el transporte o por petición propia, a los prisioneros, esposados la mayoria de las veces, se les concedia permiso para hacer una necesidad. Pero estos, a una señal convenida, empezaban a correr en todas direcciones haciendo caso omiso a las órdenes de "Alto a la Guardia Civil", por lo que se les disparaba resultando siempre muertos la totalidad de ellos, con impactos de bala habitualmente en la cabeza y tronco.
El 24 de enero, France Press emite una nota informativa de la que se hace eco el periódico Mundo Obrero, en la que se cita una reunion en Madrid de altos mandos de la Guardia Civil en la que se pide patente para poder disparar sobre detenidos. Posteriormente se cita tambien una orden con solo diez ejemplares del 19 de junio que complementa esta petición ("en lo sucesivo las fuerzas encargadas de la represión de actos de sabotaje y terrorismo aplicarán con rigor el castigo que corresponde a todo detenido con las armas en la mano o convicto por actos de esa naturaleza. No habrá, pues prisioneros, a menos que haya testigos sospechosos o se produzcan circustancias que puedan dar lugar a una publicidad") por lo que, y segun palabras traducidas de Raül Gonzalez Devis "se ordenó confidencialmente que se aplicara drásticamente la Ley de Fugas para escarmiento y ejemplo, evitar que se hicieran prisioneros y acumular sumarísimos que entorpecieran la apertura diplomática internacional"